
28 de agosto de 2025 a las 09:41
Logra la paridad: Vota en las judiciales
La Reforma Judicial en México se encuentra en un punto crucial, con la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) a punto de resolver impugnaciones que impactarán directamente la conformación de los Tribunales Superiores de Justicia en las entidades federativas. La fecha límite, el 1º de septiembre, se cierne como una espada de Damocles sobre un proceso plagado de tensiones y cuestionamientos, particularmente en lo referente a la paridad de género.
El pasado 30 de julio, la Sala Superior emitió criterios que redefinieron el panorama electoral, corrigiendo interpretaciones locales que, bajo una óptica cuestionable, pretendían validar una "elección diferenciada por género". Esta visión, que algunos podrían calificar de anacrónica y falocéntrica, argumentaba la competencia “mujeres contra mujeres y hombres contra hombres”, ignorando la igualdad sustantiva y los derechos conquistados tras largas luchas históricas. Semejante interpretación no solo desconoce la igualdad ante la ley, sino que también menoscaba la esencia misma del sistema democrático.
El caso de Chihuahua ilustra a la perfección esta problemática. Autoridades electorales locales, en una decisión no solo inconstitucional sino también carente de perspicacia, interpretaron la división de boletas electorales por género como justificación para priorizar la composición del pleno del Tribunal Superior de Justicia basándose estrictamente en el género, relegando a un segundo plano la cantidad de votos obtenidos. Esta interpretación, a todas luces errónea, permitió que candidatos hombres con menor número de votos que sus contrapartes femeninas recibieran constancias de mayoría relativa. Una verdadera afrenta a la voluntad popular y a los principios del Derecho Electoral mexicano.
Afortunadamente, la Sala Superior del TEPJF intervino, emitiendo criterios que no solo son trascendentales para la presente elección, sino que también se alinean con la jurisprudencia y los estándares internacionales en materia electoral. Se aclaró que la división de la boleta por género tiene como objetivo garantizar un "piso" paritario en la integración del Tribunal, y no una "elección diferenciada". Se trata de asegurar la representación equitativa, pero no a costa de la voluntad popular expresada en las urnas.
Ahora, el máximo Tribunal Electoral del país tiene la responsabilidad de ratificar sus propios criterios y asegurar el correcto funcionamiento de las instituciones. El Principio de Mayoría Relativa, piedra angular de la democracia, debe prevalecer independientemente del género del candidato. Quien obtiene más votos, gana. Este principio, combinado con el de Paridad, adquiere una relevancia aún mayor. En el caso de Chihuahua, la Sala Superior determinó que la paridad no puede justificar que candidatos con menos votos desplacen a candidatas con mayor respaldo popular. La alternancia, como herramienta de la paridad, no debe perjudicar a las mujeres que han demostrado mayor apoyo ciudadano.
En estos momentos cruciales, el TEPJF tiene la oportunidad de sentar un precedente fundamental. La decisión que tomen resonará en todo el país y definirá el rumbo de la justicia electoral. Confirmar los criterios emitidos el 30 de julio no solo es lo correcto desde el punto de vista legal, sino que también envía un mensaje claro: en México, la voluntad popular, expresada a través del voto, es la que decide, sin importar el género del candidato. Cualquier retroceso en este sentido sería una vergüenza para la democracia mexicana. Es imperativo que el Tribunal actúe con firmeza y sabiduría, garantizando la justicia electoral y el pleno respeto a los principios democráticos. El futuro de la justicia y la equidad en México depende de ello.
Fuente: El Heraldo de México