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20 de agosto de 2025 a las 03:00

Alto a la prisión preventiva sin debate

Un nuevo capítulo se abre en el debate sobre la prisión preventiva oficiosa en México. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en su actual integración, ha decidido posponer el análisis de un proyecto crucial que podría cambiar el panorama de este controvertido mecanismo. El proyecto, elaborado por el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, proponía la inaplicación de la prisión preventiva oficiosa, alineándose con la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso García Rodríguez y Reyes Alpízar vs México.

Esta decisión de la SCJN deja en suspenso la resolución de un tema de gran relevancia para el sistema de justicia mexicano. El proyecto del ministro Pardo Rebolledo argumentaba que la prisión preventiva oficiosa, tal como se aplica actualmente, viola derechos fundamentales como la libertad personal, la presunción de inocencia y el derecho a ser oído. Se proponía que los jueces, en cada caso, ejercieran un control de convencionalidad y, en consecuencia, inaplicaran la figura de la prisión preventiva oficiosa cuando contraviniera la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

La postura del ministro Pardo Rebolledo se basa en la obligatoriedad de las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos para el Estado mexicano. Según su interpretación, la SCJN no tiene la facultad de cuestionar la validez de estas sentencias, sino que debe acatarlas en su totalidad. Esto implica, en su opinión, la inaplicación de la prisión preventiva oficiosa en los casos en que se considere contraria a la Convención Americana.

La decisión de la SCJN de no abordar este proyecto en su actual integración ha generado reacciones diversas. Simón Hernández, abogado del caso García Rodríguez y otro vs México, ha lamentado esta postergación y ha señalado que la Corte ha eludido asumir el costo político de una decisión que podría generar controversia con otros poderes del Estado. Para Hernández, la complejidad del tema no reside en la argumentación jurídica, sino en la voluntad política para implementar un cambio que, si bien necesario, podría generar resistencias.

La propuesta de inaplicar la prisión preventiva oficiosa, en lugar de declararla inválida, representa un enfoque novedoso. Según esta perspectiva, los jueces tendrían la responsabilidad de analizar cada caso y determinar si la aplicación de la prisión preventiva oficiosa es compatible con la Convención Americana y la sentencia de la Corte Interamericana. De esta manera, se buscaría un equilibrio entre la necesidad de garantizar la seguridad pública y la protección de los derechos fundamentales de los imputados.

La discusión sobre la prisión preventiva oficiosa continúa abierta. La decisión de la SCJN de posponer el análisis del proyecto del ministro Pardo Rebolledo no cierra el debate, sino que lo traslada a la futura integración del máximo tribunal. Queda por ver si los nuevos ministros estarán dispuestos a asumir el reto de reformar un mecanismo que, si bien está contemplado en la Constitución, ha sido cuestionado por su impacto en los derechos humanos. El futuro de la prisión preventiva oficiosa en México dependerá de la capacidad del Poder Judicial para encontrar un punto de equilibrio entre la seguridad jurídica y la protección de las garantías individuales. Mientras tanto, la incertidumbre persiste y el debate continúa.

Fuente: El Heraldo de México