
7 de agosto de 2025 a las 06:15
Tribunal Electoral anula victoria de 7 candidatos judiciales
En un giro histórico que redefine el panorama de la paridad de género en el Poder Judicial, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ha revocado el triunfo de siete candidatos masculinos. Esta decisión, tomada por mayoría de votos, se fundamenta en la constatación de que las candidatas mujeres que competían por las mismas magistraturas de circuito y juzgados de distrito obtuvieron una mayor cantidad de votos. Se trata de un precedente crucial que sienta las bases para una representación más equitativa y justa dentro del sistema judicial mexicano.
El TEPJF, en su fallo, no solo ha corregido una asignación de cargos que consideraba inequitativa, sino que también ha enviado un mensaje contundente: la paridad de género no es una mera formalidad, sino un principio fundamental que debe garantizarse en todos los ámbitos de la vida pública. La orden al Instituto Nacional Electoral (INE) de verificar el cumplimiento de los requisitos de elegibilidad de las candidatas mujeres y expedirles las constancias de mayoría y validez, subraya la importancia de que las instituciones actúen con diligencia y transparencia para asegurar la efectiva implementación de la paridad.
La instrucción de nombrar a las siguientes personas con mayor votación en caso de que las candidatas mujeres resulten inelegibles, refuerza el compromiso con la meritocracia y la legalidad. Sin embargo, la prioridad otorgada a las mujeres que obtuvieron mayor número de votos demuestra la firme intención de priorizar la representación femenina en el Poder Judicial.
Las impugnaciones presentadas por las partes actoras, quienes argumentaron que el INE había violado los principios de legitimidad y paridad al asignar los cargos a los candidatos hombres a pesar de que las mujeres habían obtenido mayor votación, fueron el detonante de esta decisión histórica. El TEPJF, al reconocer la validez de estas impugnaciones, ha reafirmado su compromiso con la justicia electoral y la igualdad de oportunidades.
La crítica del TEPJF a la aplicación indebida de la regla de alternancia por parte del INE es particularmente relevante. Al señalar que la regla de alternancia debe favorecer a las mujeres y no aplicarse de forma neutral y sin perspectiva de género, el Tribunal ha establecido un nuevo estándar para la interpretación de esta norma. Esta interpretación, que pone el énfasis en la necesidad de corregir las desigualdades históricas que han afectado a las mujeres, se presenta como un avance significativo en la lucha por la igualdad de género.
La afirmación de que la aplicación de la alternancia sin perspectiva de género resulta contraria al principio de paridad, al ser una medida que garantiza a las mujeres obtener un cargo político, refuerza la idea de que la paridad no se trata solo de números, sino de asegurar una representación real y efectiva de las mujeres en los espacios de poder. El TEPJF ha dejado claro que las mujeres no deben ser privadas de sus triunfos electorales con base en criterios restrictivos que perpetúan las desigualdades.
Este fallo del TEPJF sienta un precedente crucial para futuras elecciones y para la consolidación de la paridad de género en México. La decisión de priorizar la votación obtenida por las candidatas mujeres por encima de la aplicación mecánica de la regla de alternancia, marca un hito en la lucha por la igualdad y la justicia electoral. El mensaje es claro: la paridad no es una concesión, sino un derecho que debe ser garantizado y protegido por las instituciones.
Fuente: El Heraldo de México