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23 de julio de 2025 a las 06:55

SAT: ¿Adiós a la Constancia Fiscal?

Ante la creciente ola de rumores y desinformación que ha circulado en las últimas semanas, especialmente a través de redes sociales y algunos medios de comunicación, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha salido a la luz pública para desmentir categóricamente la supuesta eliminación de la Constancia de Situación Fiscal (CSF). Esta información errónea, que afirmaba la desaparición de la CSF para agosto de 2025, generó una considerable confusión entre los contribuyentes, quienes se preguntaban sobre el futuro de este importante documento y las implicaciones que esto tendría en sus trámites fiscales y administrativos.

El SAT, en un comunicado oficial emitido el 22 de julio de 2025, ha aclarado que la CSF se mantiene como un documento vigente, esencial y totalmente necesario para una amplia gama de procedimientos. Desde la apertura de cuentas bancarias y la realización de trámites fiscales, como la presentación de declaraciones, hasta la contratación laboral y altas en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), la CSF sigue siendo un requisito indispensable. Este documento, recordemos, permite al contribuyente consultar y verificar la información registrada en el RFC, incluyendo datos cruciales como nombre completo, Clave Única de Registro de Población (CURP), domicilio fiscal, régimen fiscal, actividades económicas y las obligaciones fiscales que le corresponden.

La confusión, según el SAT, se originó a raíz de la implementación de la Cédula de Datos Fiscales (CDF), un documento que si bien complementa la información fiscal del contribuyente, de ninguna manera sustituye a la CSF. La CDF, diseñada específicamente para simplificar la emisión de facturas electrónicas bajo el esquema del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) versión 4.0, contiene únicamente datos básicos como nombre, código postal y régimen fiscal. Su función principal es agilizar la generación de facturas, protegiendo al mismo tiempo la información sensible del contribuyente al no exponer datos más detallados. La diferencia entre ambos documentos es clara: la CSF ofrece un panorama completo de la situación fiscal del contribuyente, mientras que la CDF se limita a la información esencial para la facturación electrónica.

Para mayor tranquilidad de los contribuyentes, el SAT ha reiterado que tanto la CSF como la CDF se pueden obtener de manera gratuita y sencilla a través de su portal oficial en línea, así como en cualquiera de sus 162 oficinas distribuidas a lo largo del país. El trámite, según la autoridad fiscal, es rápido y seguro, sin embargo, se recomienda encarecidamente verificar que se esté accediendo al sitio web oficial del SAT para evitar posibles fraudes o suplantación de identidad.

Finalmente, el SAT ha hecho un llamado a la población para no dejarse llevar por rumores infundados y a consultar la información oficial emitida por la institución. Además, ha recordado que ningún establecimiento o prestador de servicios puede exigir la presentación de la CSF, la Cédula de Identificación Fiscal (CIF) o la CDF como requisito para la emisión de una factura. Condicionar la emisión de comprobantes fiscales a la entrega de estos documentos se considera una práctica irregular y contraria a la normativa vigente. El SAT se mantiene firme en su compromiso de brindar información clara y precisa a los contribuyentes, y pone a su disposición diversos canales de comunicación para resolver cualquier duda o inquietud.

Fuente: El Heraldo de México