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13 de mayo de 2025 a las 18:35

Descubre quiénes recibirán utilidades tras el 30 de mayo

La temporada de reparto de utilidades genera gran expectativa entre los trabajadores mexicanos, quienes ven en este ingreso extra una oportunidad para solventar gastos, realizar inversiones o simplemente darse un merecido respiro financiero. Sin embargo, la llegada de la segunda quincena de mayo no significa que todos los empleados verán reflejado este beneficio en sus cuentas bancarias. Es crucial entender las particularidades de este derecho laboral para evitar confusiones y desinformación.

Si bien la Ley Federal del Trabajo establece claramente el derecho al reparto de utilidades, es importante recordar que este se calcula con base en las ganancias netas obtenidas por la empresa durante el año fiscal anterior. Es decir, las utilidades que se reparten en 2025 corresponden a las ganancias generadas en 2024. Un año con resultados económicos adversos para la empresa podría impactar directamente en el monto a repartir, e incluso, en casos extremos, podría significar la ausencia del beneficio.

Es fundamental destacar que el periodo mínimo de labor para tener derecho a las utilidades es de 60 días, sin importar si la relación laboral fue continua o discontinua. Este punto es clave para aquellos trabajadores con contratos temporales o por proyecto. Además, no solo se consideran los días efectivamente trabajados, sino también aquellos en los que, por ley o por contrato, el trabajador tiene derecho a percibir su salario. Días festivos, vacaciones, incapacidades por maternidad o riesgo de trabajo, todos estos periodos son considerados para el cálculo del reparto de utilidades.

La Ley Federal del Trabajo también contempla excepciones. Empresas de nueva creación, instituciones de asistencia privada sin fines de lucro, el IMSS e ISSSTE, así como empresas con ingresos menores a cierto límite, están exentas de la obligación de repartir utilidades. Por otro lado, las empresas con capital extranjero que se dediquen a la elaboración de nuevos productos gozan de una exención temporal durante los primeros dos años de operación. Es vital que los trabajadores conozcan estas excepciones para comprender si su situación laboral los excluye del beneficio.

Otro aspecto crucial es el plazo para el pago de utilidades. Las empresas de la iniciativa privada tienen como fecha límite el 30 de mayo, mientras que las personas morales tienen hasta el 29 de junio. Esta diferencia en los plazos puede generar incertidumbre entre los trabajadores, por lo que es recomendable que consulten directamente con el área de recursos humanos de su empresa para conocer la fecha exacta en la que recibirán su pago. La transparencia en la comunicación interna es fundamental para evitar malentendidos y generar un clima laboral positivo.

Además de conocer sus derechos, es importante que los trabajadores sepan cómo calcular el monto aproximado que les corresponde. Existen herramientas en línea y calculadoras que, con base en el salario diario integrado y los días trabajados, pueden ofrecer una estimación. Si bien el cálculo final lo realiza la empresa, estas herramientas permiten a los empleados tener una idea del beneficio que pueden esperar.

Finalmente, es importante recordar que el reparto de utilidades es un derecho constitucional, y cualquier incumplimiento por parte de la empresa puede ser denunciado ante las autoridades laborales. La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) ofrece asesoría y acompañamiento a los trabajadores que consideren que sus derechos han sido vulnerados. Informarse y conocer la ley es la mejor herramienta para defender nuestros derechos laborales.

Fuente: El Heraldo de México